BENEFICIOS |
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Dada la importancia que tienen las cotizaciones más tempranas en el monto de la pensión futura, se crea un subsidio que permitirá fomentar el empleo juvenil, aumentar los empleos con contratos formales e incrementar la cobertura y los fondos previsionales de los trabajadores jóvenes. Para este efecto se crean dos tipos de subsidio con idénticos requisitos:
Subsidio a la Contratación
Es un subsidio al empleador, con el objeto de fomentar la contratación juvenil y, además, incentivar la formalización del trabajo.
El subsidio a la contratación entrará en vigencia a partir del primer día del séptimo mes de publicada la ley (es decir, a partir del 1 de octubre de 2008)
El monto del subsidio a la contratación será equivalente a un 50% de la cotización previsional calculada sobre un ingreso mínimo (lo que actualmente equivale a $ 7.200).
Reajuste del beneficio
Dado que el subsidio a la contratación está atado al ingreso mínimo, su reajuste será proporcional al reajuste que experimente dicho ingreso mínimo.
Tienen derecho al Subsidio a la Contratación
Aquellos empleadores que tengan contratados a trabajadores de entre 18 y 35 años.
Requisitos para acceder al Subsidio de Contratación
Subsidio a la Cotización
Es un subsidio en dinero que se deposita directamente en la cuenta de capitalización individual del trabajador, con el objeto de fomentar la cotización juvenil, incentivar la formalización del trabajo y aumentar en lo posible el monto de
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